domingo, 11 de octubre de 2009

Carta a Lic. Raúl Isidro Bolaños A., Alcalde 13 de julio

Grupo Cívico Domingueño GCD-0026- 
 13 de julio del 2009



Señor
Lic. Raúl Isidro Bolaños A., Alcalde
Municipalidad de Santo Domingo


Estimado señor:

                            Como derivación de la reunión que en su compañía sostuvimos con el Ing. Ronny Rodríguez, de la Dirección General de Ingeniería de Tránsito, en el mes de abril, para exponer la situación problemática que genera la circulación de vehículos pesados, dicho funcionario remitió a Ud. una solicitud bajo el OFICIO N° DGIT-ED-2471-2009 de fecha 05 de junio del 2009, donde se le consulta criterio sobre vías cantonales y nacionales que atraviesan el cantón en la zona del cuadrante central y barrios cercanos.

En la misma, advertimos que para la Red Vial Cantonal sólo se menciona la Avenida 7 (Calle Ronda), cuando la realidad expuesta al Ing. Rodríguez es que ese tipo de vehículos circulan por muchas calles del cuadrante.  Ninguna de éstas ofrece las condiciones para esa modalidad de tránsito.

Por lo cual nos causa extrañeza que el citado funcionario omitiera tantas calles y avenidas, como por ejemplo la del límite oeste del cuadrante, caracterizada por ser angostas, con desniveles, y sin cunetas ni aceras.  Y las demás de la ciudad donde los ángulos de giro, los peraltes y demás condiciones son inapropiadas para los camiones.

Dado lo anterior, solicitamos a Ud. se pronuncie sobre todas las vías urbanas y suburbanas en lo de su competencia, y adjuntamos los siguientes criterios.

  1. Los límites de ruido recomendados por la OMS son de 45 decibeles en la noche, por encima de los cuales se interrumpe el sueño, aunque la recomendación para un sueño adecuado son 30 decibeles.   Para el día, la OMS establece que en presencia de tráfico, por encima de 70 dB se presenta sordera a mediano plazo (daños al oído), mientras entre 85 dB y 110 dB se presenta sordera a corto plazo (exposición de 1 a 4 horas).

  1. El decreto 28718-S Reglamento para el Control de Contaminación por Ruido, establece límites de ruido de 65 dB en el día y 45 dB en la noche en zonas residenciales y comerciales.

  1. La Sala Constitucional en su voto 5928-2006, estableció la vinculancia de dicha reglamentación para el transporte en ferrocarril.  Por extensión es jurisprudencia para todo tipo de transporte.

  1. Los niveles reales de ruido del tránsito liviano en buenas condiciones alcanzan los 65 dB, mientras el tránsito pesado alcanza los 100 dB estando en buenas condiciones.  El freno de motor de un vehículo pesado alcanza o supera 120 dB.  Un 70% de los automotores de carga pesada no pasa la revisión técnica por fallas en frenos. Periódico La Nación, 10 de julio del 2008.

5)  En conformidad con lo anterior, La ley de tránsito en su artículo 100 dispone: “Artículo 100.- (101)
Los conductores de vehículos de carga liviana y de carga pesada deben acatar las siguientes regulaciones:
g)              Se prohíbe la circulación de los vehículos de más de dos y media toneladas, en las zonas urbanas y suburbanas, según determinación que se hará en el Reglamento, por las rutas de paso definidas por el órgano competente del MOPT.
h)              Únicamente podrán cargar y descargar, de conformidad con los horarios y lugares acordados por el órgano competente del MOPT.
k)              Todos los vehículos de carga liviana y pesada deberán contar con un dispositivo inviolable y de fácil lectura, que permita a la autoridad competente conocer la velocidad, la distancia, el tiempo y otras variables sobre su comportamiento, y permita su control en cualquier lugar del país, donde se halle el vehículo.”

  1. Por el centro de Santo Domingo circulan, según la calle, entre 2.000 y 3.000 vehículos pesados por día (c. f. Diagnóstico del Plan Regulador, páginas 148 ss).

  1. Los vehículos cisternas tienen una antigüedad promedio de 29 años, y algunos tienen hasta 50 años (La Nación, 13-8-2008), lo que pone en grave riesgo a la población

  1. El ruido tiene efectos de envejecimiento prematuro (c. f. expediente No. 15.797 Asamblea Legislativa) y en la salud reproductiva.

  1. Es una “dis funcionalidad” que la ciudad se tome como carretera o corredor de tránsito (Diagnóstico Plan Regulador 2008 loc. cit.). “Es llamativo el caso de la calle Ronda, ya que esta vía es utilizada por vehículos pesados que provienen de Limón... No se trata de una vía que estuviera dimensionada para soportar este tipo de tráfico, a la vez que la misma termina en el centro de Santo Domingo provocando molestias y cierta congestión en ciertas horas del día.” (loc. cit., p. 149).

  1. En la Calle Ronda predominan las viviendas, y de tipo comercial sólo se encuentran: tres pulperías, una micro ebanistería, una micro floristería, una micro fotocopiadora, un micro salón de belleza, una micro heladería, un micro taller de podadoras, todas de escala pueblerina, y solamente un establecimiento de artículos de oficina.  Igualmente en la calle límite del oeste, sólo existen establecimientos de escala de pueblo.

  1.   Las enfermedades de mayor incidencia en los costarricenses son las cardiovasculares, las cuales se ven incrementadas por la emisión de gases de automotores, muy en particular el diésel (c. f. Estudios de Prugam para la planificación de la GAM).

  1.   La población que pasa el día en ciudad se compone de grupos vulnerables: niños, adultos mayores cuyo envejecimiento en el distrito central ha ido en aumento, personas enfermas, mujeres embarazadas. “Ciertos grupos son especialmente sensibles al ruido. Entre ellos se encuentran los niños, los ancianos, los enfermos, las personas con dificultades auditivas o de visión y los fetos” (http://www.ruidos.org/Noise/WHO_Noise_guidelines_3.html#10). Santo Domingo es el cantón en Costa Rica con mayor cantidad de adultos mayores (c. f. Doctor Marcos Salazar, Acta 101-2009 del 16 de abril del 2009).

  1.   En Europa se ha determinado que la contaminación del aire reduce la esperanza de vida en un año, con efectos mucho mayores para la población susceptible o vulnerable (c. f. Comisión Europea, Dirección General del Medio Ambiente, Junio 2005 http://ec.europa.eu/ environment/news/efe/pdf/news20_es.pdf ).

  1.   La población se ha manifestado muy afectada por la circulación de vehículos pesados, y ha expresado su protesta en múltiples ocasiones.  Véase esta cita: “En los procesos de participación realizados en la Fase 1 se han obtenido una serie de percepciones y propuestas por parte de la población, representada en instituciones, asociaciones cívicas, y grupos de opinión, que evidencian el deseo y necesidad de contar con esta infraestructura cuanto antes como motor de desarrollo del cantón y evitar el paso de vehículos pesados por la ciudad.” (Diagnóstico de Plan Regulador, Fase 1).

  1.   Al respecto, se adjunta manifiesto de varias organizaciones comunales y ciudadanos, para cuya presentación al Concejo Municipal se pidió audiencia en el mes de mayo, sin respuesta hasta el momento.

  1. El tránsito pesado no deja ningún beneficio al cantón, sólo perjuicios.


Por todo lo expuesto, solicitamos a Ud. un pronunciamiento negativo sobre la consulta remitida por el Ing. Ronny Rodríguez de la Dirección de Ingeniería de Tránsito según oficio DGIT-ED-2471-2009  del 5 de junio del 2009, en el sentido de no permitir el paso de vehículos pesado sobre la Av. 7 (calle Ronda) ni otras calles que integren la Red Vial Cantonal, así como reiterar la negativa de  que   un tramo de la Red Vial Cantonal de Santo Domingo pase a formar parte de la ruta nacional 5, de acuerdo con el oficio DGIT-ED-1139-2009 del 12 de marzo del 2009.

Suscriben, por el Grupo Cívico Domingueño
 





Notificación: Rafael G Brenes, telefax (llamar antes) 2244-1031
Santo Domingo de Heredia, de la Basílica 200 m al sur, costado      sur de Templo Evangélico.   guidobrenes@hotmail.com



cc: Ing. Ronny Rodríguez, Dirección de Ingeniería de Tránsito.
     Concejo Municipal Santo Domingo de Heredia
     Grupos comunitarios.

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