CUERPOS ESPECIALES DE INSPECTORES DE
TRÁNSITO
PARA EL CANTÓN DE SANTO DOMINGO.
Hoy Santo Domingo se ha
convertido en una ciudad de paso, en un momento es un estacionamiento y luego
una pista de carreras, la irresponsabilidad de varios conductores ponen en
peligro día a día a toda la ciudadanía, los grandes vehículos articulados,
irrespetan las calles del municipio y transitan a su antojo por todo el cantón
, destruyendo aceras, calles y de
dejarlos destruirán los puentes de gran valor histórico en muy corto
tiempo.
CONSIDERANDO:
- En la Gaceta Oficial N° 42, con fecha de viernes 28 de febrero del
2014 entra en vigencia mediante Decreto Ejecutivo N° 38164- MOPT, el
Reglamento para el Funcionamiento de los cuerpos especiales de inspectores
de tránsito, en donde el Capítulo
IV, el Artículo 43. Ámbito de aplicación e investidura
cita:
“Sin perjuicio de las labores ordinarias de la Policía de
Tránsito, las municipalidades podrán contar con un cuerpo especial de
inspectores municipales de tránsito que tendrá las atribuciones y competencias
de la Ley N° 9078 les otorga en el artículo 2014.”.
- La
Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial N° 9078, resalta los artículos 212, 213,
2014 como normativa complementaria, para aplicar las nuevas disposiciones
en materia de inspectores municipales de tránsito cuyos miembros deberán
reunir ciertos requisitos mínimos previos a ser admitidos como tales.
3.
Así mismo, La Ley de N° 9078 en su Artículo 234, inciso d): menciona “Un
cuarenta por ciento (40%) del monto de las multas que hubiesen sido
confeccionadas por los inspectores municipales de tránsito producto de las
infracciones definidas en esta ley, será transferido a la municipalidad donde
se confeccionó la boleta. Estos montos se destinarán a inversión de capital en
el fortalecimiento de la seguridad vial y el financiamiento del programa de los
inspectores de tránsito municipal.”
- Que
siendo conocedores del artículo 91, del Código Municipal, que se refiere
al presupuesto ordinario que regirá del 1º de enero al 31 de diciembre de
cada año. Para tal fin, utilizarán la técnica presupuestaria y contable
recomendada por la Contraloría General de la República y que, para la creación
del Cuerpo Especial de Inspectores de tránsito para el cantón de Santo
Domingo, se requiere contar con el contenido presupuestario, justificación
técnica para ser incorporado en el presupuesto ordinario.
- Que la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, cuenta con los
estudios para la creación del Cuerpo de Inspector de Tránsito Municipal y
fue expuesta a la comision de seguridad la cual fue aceptada por los
miembros de dicha comision.
- Ante la necesidad creciente en el cantón de resguardar la seguridad
vial de sus habitantes, debido al crecimiento de la flotilla vehicular, el
irrespeto de la restricción de vehículos articulados, aumento de
accidentes de tránsito, y ruta alterna para la ciudadanía para desplazarse
hacia la Capital como a cantones vecinos de la provincia de Heredia, se
requiere contratar inspectores de tránsito que realicen las funciones
establecidas en la legislación nacional y normativas conexas.
POR TANTO:
- SOLICITAR AL ALCALDE MUNICIPAL RANDALL
MADRIGAL, EL ANALISIS FINANCIERO PARA QUE DE LOS RECURSOS LIBRES PARA EL
PRESUPUESTO ORDINARIO 2017, SE LOGRE CONTRATAR MEDIANTE LA MODALIDAD XXXXX
AL MENOS 3 INSPECTORES DE TRÁNSITO QUE CUMPLAN CON LAS ATRIBUCIONES Y
COMPETENCIAS DE LA LEY DE TRÁNSITO POR VÍAS PÚBLICAS TERRESTRES Y
SEGURIDAD VIAL N° 9078 Y DECRETO
EJECUTIVO N° 38164- MOPT.
- SOLICITAR A LA ADMINISTRACIÓN SE INCLUYA PARA
EL PRESUPUESTO ORDINARIO 2018 EL PROYECTO “ LA CREACIÓN DEL PROYECTO
CUERPO POLICIAL DE TRANISTO MUNICIPAL” CON BASE A LOS CRITERIOS
ESTABLECIDOS POR PARTE DE LA UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL MUNICIPAL.
Que se dispense de todo tramite de
comision según el ariculo 44 y de conformidad en el articulo 45 quede en
firme.
Lic.
Tomas Azofeifa V. Lic.
Miryan
Presidente
Municipal Regidora
Suplente
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